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Luz
Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC)
Tarifa regulada de electricidad para hogares o micro empresas con potencia de hasta 10 kW.
¿Qué es el PVPC?
El Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) es el precio resultante de aplicar la metodología de cálculo establecida en el RD 216/2014 para que las empresas comercializadoras de referencia facturen a los consumidores de energía eléctrica de baja tensión con potencia contratada inferior o igual a 10 kW y que no han elegido contratar una oferta comercial alternativa.
Esta es la modalidad por defecto que se aplica a consumidores que han optado por una comercializadora de referencia y no ha escogido otra opción. Consiste en facturar un precio variable en cada hora del periodo de consumo, en función de los costes de energía en el mercado mayorista (OMIE).
El Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), al estar indexado con el mercado diario, refleja las variaciones al alza o a la baja que se produzcan. Esto supone que el importe a abonar en facturas de periodos distintos, pero de consumos similares, podrán ser muy distintos ya que dependerán de múltiples factores cómo el climatológico, cambios en las divisas, la demanda, etc.
Además el Real Decreto 446/2023 estableció una nueva metodología de cálculo del PVPC, y es que, con el objetivo de reducir la inestabilidad en los precios de luz del mercado diario e intradiario, parte del precio se fijará en los mercados de futuro, de manera que, este representará un 25% en 2024, un 40% en 2025 y el 55% en 2026.
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Todo sobre PVPC
¿Qué comercializadoras pueden ofrecer el PVPC?
¿Qué comercializadoras pueden ofrecer el PVPC?
La regulación en vigor establece una serie de requisitos técnicos, tanto en términos económicos como de capacidad, y solo las comercializadoras que cumplan estas condiciones y que hayan sido designadas para tal fin, pueden ofrecer el PVPC. Hasta ahora las empresas designadas como Comercializadora de Referencia son:
- Energía XXI Comercializadora de Referencia, S.L.U.
- Cur Energía Comercializador de último Recurso, S.A.U.
- Comercializadora Regulada Gas & Power, S.A.
- Régsiti Comercializadora Regulada, S.L.U.
- Baser Comercializadora de Referencia, S.A.
- Comercializador de Referencia Energético, S.L.U.
- Energía Ceuta XXI Comercializadora de Referencia, S.A.U
- Teramelcor, S.L.
Desde la TUR hasta el PVPC
Desde la TUR hasta el PVPC
En los últimos años hemos sido testigos de diferentes variaciones en la factura eléctrica. De hecho, en aras de adaptarse a la Directiva Europea 2003/54/CE, el 1 de julio de 2009 en España desaparecieron las Tarifas Integrales y desde entonces la actividad de suministro dejó de formar parte de la actividad de distribución, y el suministro pasó a ser ejercido por los comercializadores en libre competencia.
Quienes no eligieron una empresa comercializadora fueron trasladados automáticamente al correspondiente Comercializador de Último Recurso (CUR) del grupo de la empresa distribuidora a cuya red estaban conectados, aplicándoseles la tarifa de último recurso (TUR), a fin de evitar que los pequeños consumidores quedaran sin suministro.
No obstante, a partir de la entrada en vigor de la Ley 24/2013 del 26 de diciembre, se han realizado nuevas variaciones.
| Antigua denominación | Nueva denominación |
| Suministro de Último Recurso | Suministro de Referencia |
| Comercializador de Último Recurso (CUR) | Comercializador de Referencia (COR) |
| Tarifa de Último Recurso (TUR) | Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) |
| Concepto | Características y funciones principales |
| COR (Comercializador de Referencia) | ✓ Suministro a Consumidores con derecho a PVPC. ✓ Suministro a Consumidores vulnerables. ✓ Suministro a Consumidores sin contrato. |
| PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor) | ✓ Precio máximo que podrán cobrar las COR. ✓ Obtenido a partir de mercados de producción, peajes, cargos y margen comercial. ✓ Debe respetar el principio de no distorsionar la competencia en el mercado. ✓ A consumidores BT menor o igual a 10 KW. |
| TUR (Tarifa de Último Recurso) | ✓ A Consumidores vulnerables: Aplica un descuento sobre el PVPC (-25%). ✓ A Consumidores sin contrato: Aplica un recargo sobre el PVPC + peajes (+20%). |
¿Cómo se calcula el PVPC?
¿Cómo se calcula el PVPC?
El PVPC se calcula teniendo en cuenta los siguientes conceptos:
El coste de producción de energía eléctrica, que se determinará en base al precio horario de los mercados diario e intradiario durante el período al que corresponda la facturación y los costes de los servicios de ajuste del sistema. Además a partir del 1 de enero y tal y como se indica en el Real Decreto 446/2023, con el objetivo de reducir la volatilidad e inestabilidad del mercado diario e intradiario, parte del precio se fijará en los mercados de futuro, de manera que, tal y como puedes ver en la siguiente tabla, representará un 25% en 2024, un 40% en 2025 y el 55% en 2026.
Año Diaria e Intradiaria A plazo (mensual/trimestral/anual) 2024 75% 25% (2,5%/9%/13,5%) 2025 60% 40% (4%/14,4%/21,6%) 2026 45% 55% (5,5%/19,8%/29,7%) - Los peajes de acceso y cargos que correspondan.
- Los costes de comercialización que se determinen.
La facturación se efectuará por la comercializadora de referencia con los datos sobre consumo de cliente que le facilite la distribuidora.
¿Qué consumidores pueden acogerse al PVPC?
¿Qué consumidores pueden acogerse al PVPC?
Pueden optar al PVPC aquellos consumidores de baja tensión que tengan contratada una potencia inferior o igual a 10 kilovatios y que sean personas físicas, comunidades de propietarios o microempresas. (aquellas empresas que tienen menos de 10 trabajadores y cuyo volumen anual o balance general de negocio no supera los 2 millones de euros).
La acreditación de la condición de microempresa se realizará en el momento de la solicitud o de renovación del contrato, mediante la presentación de una declaración responsable. Si eres una microempresa puedes enviar la declaración responsable al correo [email protected]
Descargar presentación de declaración responsable
Al resto de clientes como, por ejemplo, los Organismos Públicos y las sociedades que no sean consideradas microempresas, sufrirán una penalización del 20% en su factura mientras sean suministrados sin contrato ni derecho al PVPC.
¿Cómo saber si ya te aplican el PVPC?
Para saber si te están aplicando el PVPC, puedes revisar tu factura de la luz. En el nuevo modelo de factura, en la sección correspondiente a los "Datos del Contrato" situados en la primera página, aparece el tipo de contrato. Te estarán aplicando el PVPC si está indicado en ese apartado PVPC- MERCADO REGULADO.
No todas las empresas pueden aplicar el PVPC, sino tan solo aquellas que hayan sido designadas por el Ministerio de Industria y cumplan determinados requisitos, es decir las comercializadoras de referencia (COR). Estamos hablando de las siguieintes comercializadoras:
- Energía XXI Comercializadora de Referencia, S.L.U.
- Cur Energía Comercializador de último Recurso, S.A.U.
- Comercializadora Regulada Gas & Power, S.A.
- Régsiti Comercializadora Regulada, S.L.U.
- Baser Comercializadora de Referencia, S.A.
- Comercializador de Referencia Energético, S.L.U.
- Energía Ceuta XXI Comercializadora de Referencia, S.A.U
- Teramelcor, S.L.
¿Dónde se puede conocer el precio del mercado?
¿Dónde se puede conocer el precio del mercado?
Los nuevos precios del PVPC están disponibles en las siguientes páginas web:
- Página web de Red Eléctrica de España: Operador del Sistema Dispone adicionalmente de aplicaciones para móviles como 'SmartVIu' del Apple Store para smartphones, y se actualizará cada día en torno a las 20.15 horas con los precios horarios para el día siguiente.
- Página web del Operador del Mercado OMIE
- Página web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
En sus respectivos sitios web no solo se podrá ver el precio actualizado de la energía sino también el precio que se aplicará durante las 24 horas siguientes, hora a hora. De esta forma, en el futuro se podrá regular el consumo en base a las diferencias de precio o verificar si el importe de la factura es correcto.
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